La Sala de la Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido INFORME CON VALORACIÓN NEGATIVA (INF/CNMC/005/15) sobre la propuesta remitida por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España para la fijación de criterios para la confección de las listas de peritos arquitectos. Entre otros puntos, razonamientos y valoraciones dicho informe recoge: "La Autoridad de Competencia ha sido especialmente activa en el análisis de la actividad de los Colegios y servicios profesionales, tanto desde la óptica de promoción de la competencia como desde el prisma de los expedientes sancionadores por conductas anticompetitivas. Cabe señalar al respecto que no es infrecuente que la regulación en este campo contenga restricciones a la competencia insuficientemente justificadas en cuanto a su necesidad y proporcionalidad, y contrarias, por tanto, a los principios de regulación económica eficiente."
"En particular, por lo que se refiere a la actividad pericial, destacan el Informe sobre los Colegios profesionales tras la trasposición de la Directiva de Servicios de esta autoridad de competencia (2012) y el Informe de posición de la CNC en relación con el procedimiento para la designación judicial de peritos (2013). Posteriormente a los mismos, se ha tenido ocasión de reiterar esta posición en numerosos informes de carácter sectorial, algunos de ellos referidos a Estatutos de Colegios Profesionales."
"La propuesta debe ser valorada negativamente desde una perspectiva de promoción de la competencia y regulación económica eficiente, toda vez que introduce restricciones al ejercicio de la actividad de peritaje judicial, en contra de las cuales se ha pronunciado la Autoridad de Competencia en reiteradas ocasiones,en lo que constituye ya, a estas alturas, un corpus doctrinal bien establecido, en relación con la actividad de los Colegios Profesionales en relación con el peritaje judicial."
"La CNMC y su antecesora, la CNC, se han pronunciado en repetidas ocasiones sobre esta cuestión. El informe de posición de la CNC en relación con el procedimiento para la designación judicial de peritos (2013) advertía que la forma de establecer estas listas es susceptible de crear barreras de acceso en el la prestación del servicio de perito judicial y recordaba que la normativa procesal no exige como condición para ser perito la colegiación del profesional."
"El informe recomendaba, así mismo, sobre la base de doctrina muy consolidada de la Autoridad de Competencia, que las listas de peritos judiciales fuesen abiertas a todos los profesionales técnicamente capacitados."
"Proponía los siguientes principios para abordar una nueva redacción del art.341 LEC ... (ii) que las mismas incluyeran a todo profesional que solicitando voluntariamente su inclusión estuviese pertinentemente cualificado y titulado ... e independientemente de su relación con las organizaciones colegiales"
"IV.-CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Esta Comisión valora negativamente el texto propuesto ..."
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